martes, 11 de marzo de 2014

Accesibilidad de las personas ciegas a las nuevas tecnologías.

Definición sobre Accesibilidad Universal.-  artículo 2.c. de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad:



"Accesibilidad Universal es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Presupone la estrategia de 'diseño para todos' y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse"



Accesibilidad como puerta de entrada hacia el camino de la plena inclusión, empezando desde la escuela, desde una educación  inclusiva, ofreciendo a cada alumno una atención adaptada a sus necesidades, en respuesta a nuestra diversidad.


Recomiendo el siguiente vídeo, en el que se ofrecen claves para la accesibilidad de las personas ciegas en el campo de las Nuevas Tecnologías.





Eduard Punset; "Está claro que la vida es mejor gracias a la tecnología. Pero la tecnología que sirve para consolidar la vida en sociedad, puede significar un obstáculo que margina a un grupo determinado de personas. Me refiero al colectivo de personas con discapacidad visual."






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